TSJ garantiza servicio de administración de justicia durante período de alarma por Covid-19
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), presidido por el magistrado Maikel Moreno, dictó en Sala Plena una Resolución mediante la cual garantiza el cumplimiento del servicio público de administración de justicia a la ciudadanía, en medio de las medidas de protección y preservación de la salud a la población venezolana que han sido adoptadas por el Estado venezolano por la pandemia Covid-19.
Al respecto, el TSJ dispone de personal de guardia en las jurisdicciones que lo requieran, para atender asuntos urgentes y fundamentales según la ley, ratificando la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, reseña una nota emitida por este Poder Público.
En ese sentido indica que ningún tribunal despachará desde el 16 de marzo hasta el 13 de abril de 2020, período en el que permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales, lo que no impide que se practiquen las actuaciones urgentes para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley.
Así mismo, los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia y acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes, en el caso de materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado.
También indica la Sala Plena del TSJ que los jueces y juezas, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos, y que las Salas Constitucional y Electoral del Máximo Tribunal permanecerán de guardia durante el estado de contingencia.
En cuanto a los tribunales con competencia en materia penal, informan que se mantendrá la continuidad del servicio de administración de justicia a nivel nacional, solo para los asuntos urgentes.
Respecto a los magistrados y magistradas de la Sala Plena del TSJ, se conoció que desde el 16 de marzo al 13 de abril de 2020, mantendrán el quórum necesario para la deliberación conforme con los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Por otra parte, señala que los jueces rectores y las juezas rectoras, los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los presidentes y las presidentas de los Circuitos Judiciales Penales, los coordinadores y las coordinadoras de los Circuitos Judiciales Laborales, los coordinadores y las coordinadoras de los Circuitos Judiciales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los coordinadores y las coordinadoras de los tribunales con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, quedan facultados para adoptar las medidas conducentes para garantizar el acceso a la justicia en las diversas circunscripciones judiciales, de conformidad con los objetivos de la Resolución.
Entre otros aspecto la Comisión Judicial y la Inspectoría General de Tribunales atenderán con prontitud todo reclamo que sea formulado y adoptarán el sistema de guardias para las labores de coordinación, inspección y vigilancia que les corresponden, priorizando el uso de medios electrónicos.
En una nota de prensa, instan a las juezas, jueces, funcionarias y funcionarios integrantes del Poder Judicial a tomar las medidas sanitarias en la ejecución de sus actividades, por lo que se hace obligatorio el uso de guantes y tapabocas en todas las sedes judiciales del país.