TSJ declara constitucionalidad del Decreto que establece el Estado de Excepción y Emergencia Económica
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, declaró la constitucionalidad del Decreto N° 3.980 del 7 de septiembre de 2019 mediante el cual el presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, estableció el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio Nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República.
Tras declararse competente para conocer del Decreto, la Sala declaró también nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto de la Asamblea Nacional en desacato que pretenda desaprobar el referido Decreto, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.478 Extraordinario; y reiteró que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia, sostiene una nota de prensa.
En el mismo fallo se reitera que las sentencias de la Sala Constitucional tienen carácter vinculante y efectos extensivos para todos los órganos del Poder Público Nacional.