Este 17DIC vence plazo para autorizar servicios de pago a operadores no bancarios

El plazo de un año para que los operadores no bancarios que presten servicios de pago en el país presenten su solicitud de autorización ante el Banco Central de Venezuela vence este 17 de diciembre, de acuerdo con nota de prensa de este organismo.

El ente emisor “reitera a los sujetos que se encontraban realizando cualquier actividad que tengan las características de un servicio de pago para el momento de la entrada en vigencia de la Resolución N° 18-12-01 del 4 de diciembre de 2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.547 del 17 de diciembre de 2018, contentiva de las “Normas Generales sobre los Sistemas de Pago y Proveedores  No Bancarios de Servicios de Pago que Operan en el País”, que el máximo plazo otorgado en la Disposición Transitoria Tercera de la mencionada Resolución para que se adecuaran a los términos, condiciones y requisitos dispuestos en dicho instrumento normativo, vencerá el próximo 17 de diciembre de 2019”.

 

Exhorta a los sujetos que en la actualidad no han acudido al BCV y que se encuentren ejecutando actividades que pudieran calificarse como servicios de pago tendrán hasta la fecha mencionada para presentar sus solicitudes de autorización debidamente motivadas.

Estas deben estar acompañadas de los recaudos que demuestren su adecuación a los términos y condiciones establecidos en la citada Resolución y de acuerdo con la Circular emitida por el ente emisor en fecha 18 de febrero de 2019.

De acuerdo con el comunicado, los mencionados sujetos que no cumplan con la obligación contenida en la Disposición Transitoria Tercera de la Resolución N° 18-12-01 en el plazo allí indicado, deberán cesar la prestación de cualquier servicio que pudiera ser catalogado como un servicio de pago a partir del 18 de diciembre de 2019 y hasta que el BCV emita la autorización correspondiente.