Anuncian Plan de Flexibilización 7+7 en materia deportiva

El ministro del Poder Popular para la Juventud y Deporte, Pedro Infante, informó este lunes, que el día de 14 de junio emitieron un comunicado oficial de parte de este organismo, en el marco de las instrucciones emanadas por el presidente Nicolás Maduro, referente a la flexibilización de eventos deportivos sin público, de acuerdo a la programación prevista y apertura de gimnasios.

Puntualizó que el plan de flexibilización deportiva, debe ser acatado por todos los institutos regionales y municipales del deporte, federaciones deportivas, asociaciones deportivas y por todas las organizaciones del deporte nacional público.

En un contacto telefónico en el programa Café en la Mañana que transmite Venezolana de Televisión (VTV), el ministro Pedro Infante explicó que dicho comunicado establece dos líneas de acción para la atención del plan de flexibilización deportiva, el cual contempla en primer lugar lo que son eventos y actividades deportivas, esto incluye eventos deportivos profesionales, actividades deportivas de alto rendimiento y de masificación.

En cuanto a la segunda línea, consiste en los gimnasios o las instalaciones deportivas, el cual dejó claro comprenden los gimnasios de musculación, deportivos, las canchas comunitarias y espacios públicos como plazas, parques, entre otros.

Concerniente a los gimnasios e instalaciones deportivas, los gimnasios de musculación públicos y privados funcionarán de 7 a 11 de la mañana bajo los siguientes parámetros de bioseguridad:

  1. Se realiza sin público: Cualquier evento se realiza sin público.
  2. Deben contar con cabinas de desinfección o procesos de desinfección en la entrada.
  3. Las instituciones públicas y privadas, deben garantizar en sus instalaciones, un proceso de desinfección cumpliendo cada uno de los protocolos establecidos, garantizar el uso de alcohol o clorito de sodio.
  4. Toma de temperatura en la entrada y en la salida.
  5. Garantizar la aplicación de los protocolos necesarios en las actividades deportivas, como el uso de la mascarilla, uso de guantes, la desinfección sistemática de los espacios como limpieza y desinfección de los aparatos e implementos deportivos, control de la temperatura a la llegada y a la salida, geles antibacteriales y el frecuente lavado de las manos.
  6. Deben funcionar al máximo del 30% de su capacidad de atención a usuarios por hora para garantizar el distanciamiento social, enfatizando como mínimo la distancia de 2 metros entre personas que estén entrenando.
  7. Realización de despistaje y pruebas rápidas de ser posibles a los practicantes o beneficiarios, de los trabajadores y técnicos prestadores de servicios.
  8. Durante la actividad deportiva garantizar acompañamiento médico permanente y preventivo.

Detalló, que todas estas medidas se han trabajado como principios generales para que en cualquier estadio, gimnasio o actividad deportiva se defina.

De igual manera, recalcó que el inicio del plan que es la tercera resolución, se inicia a partir de esta semana 15 de junio, en el marco de la metodología del 7+7, decretada por el Ejecutivo Nacional y la Comisión Presidencial para el Control y Prevención de la Covid-19.

Hizo hincapié en que la aplicabilidad del plan enmarca que eventos y actividades deportivas, se autoriza en el deporte profesional, la organización del fútbol, es decir, que se arranca con el fútbol en esta primera etapa, señaló. 

Añadió que la Liga de Fútbol Profesional en las próximas horas debe anunciar las decisiones finales, de donde se va a jugar y la fecha de los calendarios.

Además, el Ministro indicó que se va a garantizar la transmisión televisiva de todos los eventos deportivos, para que el pueblo venezolano tenga esa distracción.

En cuanto a la actividad física y masificación deportiva, la flexibilización autoriza la realización de actividades físicas individuales al aire libre como caminata, trote, ciclismo, montañismo, ejercicios aeróbicos y anaeróbicos, entre otros.

De igual forma se mantienen las jornadas de flexibilización para niñas, niños, adolescentes y adultos mayores a nivel nacional sábado y domingo en los horarios y condiciones establecidos.

En relación con los estadios, polideportivos y piscinas, solo estarán autorizados a funcionar los estadios de fútbol en los estados y municipios aprobados para la ejecución de la Liga de Fútbol Profesional.

En ese sentido, según decreto presidencial, señaló que estará autorizado el uso de las instalaciones deportivas para el entrenamiento de atletas de la selección nacional que están en la ruta olímpica y paralímpica Tokio 2021, en el horario comprendido de 7:00 a 10:00 de la mañana y de 2:00 a 5:00 de la tarde, y específicamente a los atletas y entrenadores con el salvoconducto correspondiente.

Para el uso de canchas deportivas comunitarias, dijo que el decreto autoriza su utilización para actividades deportivas o físicas de carácter individual sin contacto físico, como caminata, trote, ejercicios, actividad física para el adulto mayor y bailoterapia.

En cuanto a las organizaciones deportivas del poder popular, recalcó que estarán en el deber de realizar trabajos de desinfección, fortalecer los protocolos sanitarios en la entrada y el llamado a la conciencia permanente.

Asimismo, resaltó que el plan reitera la no interrupción cada siete días a partir de este 15 de junio del proceso de preparación y entrenamiento deportivo de los atletas de alto rendimiento y deporte profesional, quienes «van a mantener su dinámica activa, continua y permanente para cumplir con el principio de sistematicidad de la preparación del deportista.

Pedro Infante, afirmó que el documento también enfatiza que no podrá aplicarse el plan de flexibilización deportiva en los municipios declarados en cuarentena, por las medidas sanitarias especiales y de seguridad de la población, de acuerdo con lo programado por la Comisión Presidencial para atender la Pandemia del Covid-19.

Con relación al confinamiento del deporte venezolano, indicó que se abarcó un período de duración de 95 días, desde el 13 de marzo pasado, fecha en la que se decretó la paralización de las actividades deportivas en Venezuela hasta este 15 de junio, cuando se reinicien progresivamente las actividades.   /CP

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