El Gobierno de Argentina oficializó una reforma migratoria anunciada previamente, lo cual realizó mediante el Decreto 366/2025 publicado en el Boletín Oficial. La medida endurece las condiciones para la obtención de la ciudadanía argentina, las deportaciones de extranjeros del territorio nacional, establece cambios en la residencia y habilita al cobro de aranceles en el sistema de salud y universidades públicas para no residentes.

El Decreto introduce modificaciones a la Ley de Migraciones N° 25.871, la Ley de Educación Superior N° 24.521, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Ciudadanía N° 346. El decreto endurece las condiciones para obtener la ciudadanía por naturalización al definir la residencia continua de manera más restrictiva, como es el caso de la «residencia continua», al establecer que se entenderá que un extranjero residió continuamente «cuando hubiere permanecido en el territorio durante todo el plazo [de dos años], sin haber realizado ninguna salida al exterior». 

La reforma establece que los extranjeros tendrán derecho a la asistencia social o atención sanitaria en casos de emergencia, cualquiera sea su situación migratoria. Sin embargo, por fuera de los supuestos de emergencia, en los establecimientos sanitarios públicos, la atención médica o sanitaria habitual solo se brindará contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio. Esto se aplica a extranjeros que no vivan de modo permanente en Argentina. 

Para ello, los extranjeros que ingresen al territorio nacional tendrán que declarar la posesión de un seguro de salud para pagar sus gastos médicos en el país. Esto no aplica para los extranjeros residentes permanentes, que podrán acceder al sistema de salud público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos.

Mientras que en la educación superior pública universitaria, la reforma establece que los estudios de grado serán gratuitos únicamente para los ciudadanos argentinos (nativos o por opción), y para los extranjeros que cuenten con residencia permanente en el país. Además, establece que las universidades públicas podrán establecer retribuciones (cobro de aranceles) por los servicios de educación para aquellos extranjeros que no cuenten con residencia permanente.

Fuente: Medios internacionales

VTV/DC /CP